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RCD

Gestión de residuos de construcción y demolición (RCD´s)

La normativa española ha dado un paso más en cuanto a la reducción de impactos negativos derivados de la construcción. Se trata de la gestión directa de los residuos de construcción y demolición, es decir, de aquellas sustancias u objetos considerados residuos que se generan en una obra, los cuales se regulan a través del Real Decreto 105/2008.
La creación de dicho Real Decreto deriva no solo del creciente volumen de residuos que se ha dado hasta hace poco en España, sino de su tratamiento que en los últimos años ha sido insatisfactorio en la mayor parte de los casos.
 

¿Cómo afecta todo esto a los proyectistas, contratistas, dirección de obra, etc.?

 
El procedimiento es el siguiente:
  • Se proyectará un Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición: En él se preverá su generación y se presupuestará con la finalidad de habilitar una partida presupuestaria para su correcta gestión.
  • El poseedor del residuo estará obligado a la presentación a la propiedad de la obra de un plan de gestión de los residuos de construcción y demolición en el que se concrete cómo se aplicará el estudio de gestión del proyecto, así como a sufragar su coste y a facilitar al productor la documentación acreditativa de la correcta gestión de tales residuos
  • Si el poseedor no es capaz de gestionar directamente dichos residuos, estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos autorizado.
  • Si los residuos generados superan las siguientes cantidades, será necesario separarlos de forma fraccionada:
 
Hormigón:                                                                  80 t.
Ladrillos, tejas, cerámicos:                                          40 t.
Metal:                                                                           2 t.
Madera:                                                                        1 t.
Vidrio:                                                                           1 t.
Plástico:                                                                     0,5 t.
Papel y cartón:                                                           0,5 t.
           
No debemos olvidar que aunque no lleguemos a dicha cantidad, en ocasiones será conveniente separarlos de igual modo, dado que el tratamiento de los residuos generados es más caro si de mezclan varios tipos, y este coste recae directamente sobre el contratista.
 
-     El Real Decreto prohíbe el depósito en vertedero de este tipo de residuos sin haber realizado alguna operación de tratamiento previo.

¿Qué debe contener el Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición?
El Real Decreto no establece un esquema fijo, simplemente da una serie de pautas para su elaboración. Ya sea creándolo con una estructura similar a la de un típico proyecto (Cuatro documentos: Memoria, Planos, Pliego y Presupuesto) o como un único documento, se insertará como un anejo de la Memoria, al igual que otros Estudios (Seguridad y Salud, Hidrológicos, Ambientales, etc.).
Su contenido podrá ser el siguiente:
  • Descripción de la obra.
  • Tablas de aparición de residuos según la lista europea de residuos (LER).
  • Medición en m3 y toneladas de dichos residuos: No se considerarán residuos las tierras o  dragados reutilizadas en la propia obra siempre y cuando no se encuentren contaminados.
  • Valoración del acopio, transporte y gestión de los residuos.
  • Planos de situación de contenedores, zonas de acopio, señalización, etc.

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