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Contexto español en la lucha contra el cambio climático

Consejo Nacional del clima

 

 

La necesidad de promover la investigación sobre el cambio climático, el análisis de las implicaciones sociales y económicas, y la creciente sensibilidad social ante el reto ambiental estuvieron en el origen de la creación, en el año 1992, de la Comisión Nacional del Clima, que estaba adscrita al, por entonces, Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente y tenía como objetivos colaborar en la elaboración del Programa Nacional del Clima y asesorar al Gobierno sobre la política referente al cambio climático y sobre las estrategias de respuesta.

 

El paulatino incremento de la carga de trabajo en la lucha contra el cambio climático exigía una respuesta institucional adecuada, por lo que, a la luz del carácter transversal de las medidas que se debían adoptar y dada la trascendencia que éstas tienen para las políticas sectoriales, se hizo aconsejable modificar el régimen y funciones de este organismo, que pasó a llamarse Consejo Nacional del Clima.

 

Dicha modificación se realizó mediante el Real Decreto 1188/2001, de 2 de noviembre, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Nacional del Clima en virtud del cuál a los distintos representantes de los departamentos de la administración general del Estado implicados en la materia, se sumaron representantes de las comunidades autónomas, de la Federación Española de Municipios y Provincias, del ámbito de la investigación, de los agentes sociales y de las organizaciones no gubernamentales más representativas.

 

Con el fin de dotar de un mayor dinamismo al órgano colegiado, el Real Decreto 1188/2001 incorpora como novedad la creación de una Comisión Permanente, a la que corresponde el seguimiento ordinario de las funciones encomendadas al Consejo Nacional del Clima, así como velar por el adecuado cumplimento de los mandatos adoptados por el pleno. El ejercicio de las funciones técnicas y de gestión del secretariado de este órgano colegiado le corresponde a la Oficina Española de Cambio Climático.

 

En consecuencia, el Consejo Nacional del Clima se configura como un órgano colegiado que tiene encomendadas las funciones de elaboración, seguimiento y evaluación de la estrategia española de lucha contra el cambio climático, la realización de propuestas y recomendaciones para definir políticas y medidas de lucha frente al cambio climático, así como impactos, estrategias de adaptación y estrategias de limitación de emisiones de gases de efecto invernadero.

 

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