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Comercio de derechos de emisión en Asturias

Periodo 2021-2030. Autorización de emisión de gases de efecto invernadero

La competencia sobre las emisiones de gases de efecto invernadero recae en las comunidades autónomas. Las instalaciones deberán contar con una Autorización de Emisión de GEI o una resolución de exclusión emitida por el órgano competente de la comunidad autónoma en la que se ubique la instalación.

Toda instalación que desarrolle alguna de las actividades que genere emisiones incluidas en el anexo I conforme a la Ley 1/2005 debe contar con autorización de emisión de gases de efecto invernadero expedida en favor de su titular.

El proceso comienza con la solicitud de Autorización de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero, acompañando esta solicitud con la documentación especificada en el artículo 5 del texto consolidado de la Ley 1/2005 que incluye;

a) identificación del titular.

b )identificación y descripción de la instalación.

c) materias primas que generen emisiones.

d) fuentes de emisión. 

e) propuesta del Plan de Seguimiento vigente.


AUTO0177T01 - Ficha de Servicio de Autorización de emisión de gases de efecto invernadero