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Mapas de ruido y Planes de acción

Planes de acción.

La Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del consejo sobre evaluación y gestión del ruido ambiental establece en su artículo 8 que los Estados Miembros deben elaborar planes de acción encaminados a afrontar, en su territorio, las cuestiones relativas al ruido y a sus efectos

GENERALIDADES. MARCO REGULATORIO

 

La Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del consejo sobre evaluación y gestión del ruido ambiental establece en su artículo 8 que los Estados Miembros deben elaborar planes de acción encaminados a afrontar, en su territorio, las cuestiones relativas al ruido y a sus efectos, incluida la reducción del ruido si fuese necesaria con respecto a los lugares próximos a los grandes ejes viarios, grandes ejes ferroviarios, grandes aeropuertos y respecto a las aglomeraciones.

 

Al igual que en el caso de los mapas estratégicos de ruido, se establecieron dos fases de aplicación con fechas límite para la aprobación y entrega de estos planes a la Comisión Europea: una primera fase (hasta el 18 de julio de 2008) en relación a las carreteras, aglomeraciones e infraestructuras comprometidas en la primera fase de elaboración de los mapas estratégicos de ruido, y una segunda fase (18 de julio de 2013), que incluye la actualización de todos los mapas de la primera fase y además los de los ejes viarios de más de 3.000.000 de vehículos al año, los ejes ferroviarios con más de 30.000 circulaciones al año, y las aglomeraciones con más de 100.000 habitantes.

 

El desarrollo reglamentario de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, a través del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental y del Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley 37/2003 del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, ha ido completando el marco normativo general para el desarrollo de los instrumentos fundamentales de gestión de la contaminación acústica: los mapas de ruido y los planes de acción.

 

Los planes de acción tienen por objeto establecer las medidas correctivas necesarias para cumplir con los objetivos de calidad acústica definidos en cada área, con especial atención a las acciones prioritarias en caso de posibles superaciones de los valores límite.

Estos planes deben incluir además el control aplicable a los emisores presentes en el área o en áreas limítrofes, si se considera que su influencia es significativa, incluyendo las obligaciones de seguimiento de las emisiones, periódica y documentalmente, de tal forma que se establezca un sistema homogéneo y comparable.

El Anexo V Real Decreto 1513/2005 establece los requisitos mínimos que deben cumplir los planes de acción:

·         Descripción de la aglomeración, los principales ejes viarios, los principales ejes ferroviarios o principales aeropuertos y otras fuentes de ruido consideradas.

·         Autoridad responsable.

·         Contexto jurídico.

·         Valores límite.

·         Resumen de los resultados de la labor de cartografiado del ruido.

·         Evaluación del número estimado de personas expuestas al ruido, determinación de los problemas y las situaciones que deben mejorar.

·         Relación de las alegaciones u observaciones recibidas en el trámite de información pública.

·         Medidas que ya se aplican para reducir el ruido y proyectos en preparación.

·         Actuaciones previstas por las autoridades competentes para los próximos cinco años, incluidas medidas para proteger las zonas tranquilas.

·         Estrategia a largo plazo.

·         Información económica (si está disponible): presupuestos, evaluaciones coste-eficacia o costes-beneficios.

·         Disposiciones previstas para evaluar la aplicación y los resultados del plan de acción.

 

Los planes habrán de revisarse y, en su caso, modificarse, siempre que se produzca un cambio importante de la situación existente en materia de contaminación acústica y, en todo caso, cada cinco años a partir de la fecha de su aprobación.

 

El Real Decreto 1513/2005, establecía en su disposición adicional la creación del Sistema Básico de Información sobre la Contaminación Acústica (SICA), dependiente del Ministerio de Medio Ambiente.

 

El SICA constituye la base de datos necesaria para la organización de la información relativa a la contaminación acústica, y a través de su página web puede consultarse la información referente a los mapas estratégicos de ruido y planes de acción que se están desarrollando por parte de las distintas administraciones competentes.

 

 

PLANES DE ACCIÓN EN ASTURIAS

 

En 2009 se presentó el Plan de Acción relativo a las carreteras de la red autonómica del Principado de Asturias, elaborando y analizando los mapas estratégicos de ruido de las ocho grandes vías de comunicación de Asturias por las que transitan más de 6 millones vehículos al año (139 km de vías, el 3,3% de la red autonómica) y a las que están expuestas 47.500 personas (4,4% de la población). Una vez detectados los puntos de ruido se elaboró el correspondiente Plan de Acción, dotado de un presupuesto estimado de 5 millones de euros destinado a aminorar o erradicar estas afecciones; las soluciones pasaron mayoritariamente por la instalación de pantallas acústicas (por ejemplo, para las afecciones en la AS-I y AS-17), complementadas con la ejecución de nuevas vías u otras actuaciones proyectadas que aminorarían las afecciones en la AS-16 y AS-19 (actuaciones vinculadas a ZALIA y al Puerto del Musel). En otros casos como Lugones o la Corredoria, las soluciones planteadas fueron más complejas.

 

En relación a las aglomeraciones urbanas, el Ayuntamiento de Gijón presentó en 2011 el Plan de Acción contra el Ruido del Municipio de Gijón. En primer lugar, este Plan hace un repaso a numerosas medidas municipales que desde 1992 se llevan aplicando en la ciudad y en el municipio para gestionar el ruido; en los años más recientes, destacan entre otras el desarrollo de estrategias de movilidad urbana como el Plan de Movilidad puesto en marcha en 2001, diferentes acciones específicas destinadas (fundamentalmente desde 2004) a potenciar itinerarios ciclistas, carriles bici y el uso de la bicicleta como medio de movilidad urbana, acciones de mejora de calles, avenidas y ejes comerciales para suavizar el tráfico en el centro urbano y facilitar la peatonalización de zonas, regulación de aparcamientos, actuaciones destinadas a reducir el ruido producido por las actividades de recogida de residuos, múltiples acciones destinadas a fomentar el transporte urbano y aumentar su grado de cobertura en la zona rural y la organización de acontecimientos y campañas de concienciación ciudadana destinadas a reducir la contaminación acústica en la ciudad.

 

Para los cinco años posteriores a su aprobación, el Plan recoge una serie de medidas de diferente naturaleza destinadas a reducir el ruido en el municipio (medidas correctoras) y a proteger las zonas tranquilas (medidas de prevención), identificando, asimismo, las áreas y equipamientos de la ciudad (centros de salud, colegios, etc.) donde es prioritario actuar.

 

En este sentido el Plan delimita 4 grandes líneas de actuación. La primera consiste en el control de ruido de tráfico y la movilidad sostenible, a través de medidas como la reducción de la densidad de tráfico, control de velocidad de vehículos (especialmente de los más ruidosos) y del uso de bocinas, reducir o evitar la presencia de vehículos pesados en el centro urbano, delimitar “zonas 30” en la proximidad de edificios sensibles (equipamientos educativos y sanitarios, etc.) o la colocación de pantallas anti-ruido en zonas sensibles.

 

La segunda línea de acción se vincula a la planificación y ordenación del territorio, dando especial importancia a la “zonificación acústica” como figura que permita incluir la variable ruido dentro del planeamiento urbanístico. La tercera línea se basa en la educación e información a los ciudadanos, y dentro de ella se plantean medidas como por ejemplo campañas a ciudadanos y específicas a centros educativos, edición de materiales divulgativos, o la sensibilización de colectivos de interés (como conductores de motocicletas). La cuarta y última línea plantea actuaciones variadas, como las de control de obras y trabajos en las vías públicas y el control del ruido en actividades de alta emisión (talleres, industrias, locales de ocio, etc.)

 

Por otro lado, en marzo de 2011 el Gobierno del Principado de Asturias presentó el Plan de Acción correspondiente a los mapas estratégicos de ruido de las carreteras de la red autonómica del Principado con tráfico superior a los 3 millones de vehículos al año. En primer lugar, este Plan hace un repaso de las medidas que la Administración regional ya aplicaba, entre las que figuran multitud de proyectos y actuaciones contemplados dentro del Plan de Acción de la Fase I, que se encuentran en estos momentos en fase de ejecución o de redacción, y que contienen medidas correctoras para reducir los efectos acústicos del tráfico viario.

 

Dentro de las propuestas de actuación propias del Plan aprobado en 2011, destaca el hecho de que sólo se contemplan medidas correctoras relacionadas con apantallamiento acústico (no hay medidas de pavimentación de vías u otras de tipo más complejo), ya que en todas las zonas detectadas más expuestas este tipo de instalaciones cumple con los requisitos exigidos para la colocación de pantallas acústicas como medida eficaz para reducir el impacto sonoro. Los emplazamientos seleccionados para su colocación se ubican en la AS-112 (Bustiello, Moreda, Caborana, parque infantil y viviendas cuarteles de Santa Bárbara) y en la AS-116 (Tudela de Agüeria y Frieres). El coste estimado previsto por el Plan para la ejecución de estas medidas correctoras asciende a 1.327.000 euros, estimando a su vez que el número de personas beneficiadas por tales actuaciones asciende a 516 (lo que supone una inversión media estimada por beneficiario de 3.739 euros).

 

Enlace a los planes de acción publicados 

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