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Obligaciones de productores y gestores de residuos en Asturias

Productores de residuos

Actividades que generan residuos, operaciones de tratamiento previo o de mezcla

Se entiende como productor de residuos –según establece la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular - cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos.

Sus obligaciones se recogen en los artículos 20 y 21 de la ley y consisten fundamentalmente en entregar los residuos a un gestor autorizado, pagando los correspondientes costes de gestión; y mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad hasta el momento de su entrega al gestor autorizado.

 

Para facilitar la gestión de sus residuos, el productor inicial u otro poseedor de residuos, estará obligado a:

a) Identificar los residuos, antes de la entrega para su gestión, conforme a lo establecido en el artículo 6 y, en el caso de que sean residuos peligrosos, determinar sus características de peligrosidad.

b) Suministrar a las empresas autorizadas para llevar a cabo la gestión de residuos la información necesaria para su adecuado tratamiento, incluyendo la establecida en el apartado anterior.

El productor de residuos peligrosos estará obligado a suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra las responsabilidades a que puedan dar lugar sus actividades atendiendo a sus características, peligrosidad y potencial de riesgo, debiendo cumplir con lo previsto en el artículo 23.5.c). Quedan exentos de esta obligación los productores de residuos peligrosos que generen menos de 10 toneladas al año.

 

En relación con el almacenamiento, la mezcla, el envasado y el etiquetado de residuos en el lugar de producción, el productor inicial u otro poseedor de residuos está obligado a:

a) Disponer de una zona habilitada e identificada para el correcto almacenamiento de los residuos que reúna las condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder. En el caso de almacenamiento de residuos peligrosos estos deberán estar protegidos de la intemperie y con sistemas de retención de vertidos y derrames.

La duración máxima del almacenamiento de los residuos no peligrosos en el lugar de producción será inferior a dos años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación.

En el caso de los residuos peligrosos, en ambos supuestos, la duración máxima será de seis meses.

Los plazos mencionados empezarán a computar desde que se inicie el depósito de residuos en el lugar de almacenamiento debiendo constar la fecha de inicio en el archivo cronológico y también en el sistema de almacenamiento (jaulas, contenedores, estanterías, entre otros) de esos residuos.

b) No mezclar residuos no peligrosos si eso dificulta su valorización.

c) No mezclar ni diluir los residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales.

 

La responsabilidad del productor inicial o poseedor del residuo concluirá cuando quede debidamente documentado el tratamiento completo, a través de los correspondientes documentos de traslado de residuos, y cuando sea necesario, mediante un certificado o declaración responsable de la instalación de tratamiento final, los cuales podrán ser solicitados por el productor inicial o poseedor.

La inscripción en el Registro de Productores y Gestores de Residuos del Principado de Asturias distingue entre productores y pequeños productores de residuos peligrosos, según el volumen de producción supere o no la cantidad de 10t/año de residuos peligrosos. Puede realizarse de forma telemática a través del siguiente enlace.

En ambos casos tienen obligación de notificar, a efectos de modificación del registro, el traslado de la actividad o las variaciones que supongan cambios significativos en la naturaleza, o cantidades de residuos generados.

 

Asimismo, los productores de residuos dispondrán de un archivo electrónico donde se recojan, por orden cronológico, la cantidad, naturaleza y origen de los residuos generados. En aplicación del Acuerdo de la Comisión de Coordinación en materia de residuos de fecha 16 de mayo de 2023, los productores de residuos peligrosos que se generen en centros productores de Asturias están exentos de la presentación de la memoria anual, resumen de la contenida en su archivo cronológico, a que se hace referencia en el art. 65.1 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, dado que esta información ya obra en poder de la administración a través de los documentos de traslados que se registran en el Registro de Productores y Gestores de Residuos.

 

Finalmente, los productores iniciales de residuos peligrosos estarán obligados a disponer de un plan de minimización que incluya las prácticas que van a adoptar para reducir la cantidad de residuos peligrosos generados y su peligrosidad. El plan estará a disposición de las autoridades competentes, y los productores deberán informar de los resultados cada cuatro años a la comunidad autónoma donde esté ubicado el centro productor.

 

Quedan exentos de esta obligación los productores iniciales de residuos peligrosos que generen menos de 10 toneladas al año en cada centro productor, las empresas de instalación y mantenimiento, y los productores iniciales que dispongan de certificación Eco-Management and Audit Scheme (EMAS) u otro sistema equivalente, que incluya medidas de minimización de este tipo de residuos, constando la información correspondiente en la declaración ambiental validada.