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Contexto Internacional para la conservación de Espacios Naturales

Otros convenios internacionales

El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) constituyó uno de los grandes acuerdos internacionales en materia de conservación del medio natural en general y de las especies en particular, y fue considerado como uno de los principales logros de la Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro en el año 1992. Dicho documento establece que la conservación de la diversidad biológica debe ser preocupación común para la humanidad y forma parte del proceso de desarrollo. La creación y administración de áreas protegidas es un aspecto central del artículo 8 sobre Conservación in situ del citado Convenio.

 

En 2002, en el marco de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes del CBD, se adoptó el Plan Estratégico del Convenio sobre Diversidad Biológica, orientado a reducir el ritmo de pérdida de biodiversidad en 2010, objetivo que fue refrendado en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible(CMDS), celebrado en Johannesburgo en ese mismo año.

 

En este contexto, el CBD adoptó un Programa de Trabajo Mundial sobre Áreas Protegidas inspirado, entre otros, en el Plan de Aplicación de la CMDS. Este programa constituye la primera iniciativa específica a nivel internacional dirigida al conjunto de espacios naturales protegidos de todo el mundo. Como objetivo general del mismo se encontraba respaldar la creación y el mantenimiento de sistemas nacionales y regionales completos, eficazmente gestionados y ecológicamente representativos de áreas protegidas que contribuyesen a la meta 2010 de reducir significativamente el ritmo actual de pérdida de la diversidad biológica.

 

En octubre de 2010, en Japón, los gobiernos acordaron el Plan Estratégico de la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi como base para detener y revertir la larga la pérdida de la diversidad biológica del planeta.

 

Para incrementar el apoyo y el impulso de esta urgente tarea, la Asamblea General de Naciones Unidas en su 65a sesión declaró el período 2011-2020 como el “"Decenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, con el fin de contribuir a la aplicación del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica para el período 2011-2020" (Resolución 65/161).

 

Abierta para su firma en 1982 en Montego Bay (Jamaica), el Convenio de Naciones Unidas sobre el derecho del mar (UNCLOS), que entró en vigor en 1994, establecía los derechos y obligaciones de los Estados respecto al uso de los recursos vinculados a los océanos, y la protección del medio ambiente marino y costero.

 

El propio CDB, además, posee programas temáticos de trabajo sobre los biomas más importantes de nuestro Planeta, como el Mandato de Yakarta (1995) sobre a la biodiversidad marina y costera,  que prevé, entre otras cosas, establecer los principios básicos de conservación y determinar los problemas clave.

 

En el marco del propio Convenio sobre Diversidad Biológica se ha comenzado a trabajar en una nueva línea horizontal de trabajo, relativa a la conservación de la biodiversidad más allá de la jurisdicción de los estados, en base a la cual se aprobó un Programa específico sobre el medio marino que conlleva, entre otras cosas, el compromiso de establecer para el año 2012 una Red Mundial de Áreas Marinas Protegidas, tanto en aguas jurisdiccionales como en alta mar. Este objetivo recibió un notable impulso a partir de la Octava Conferencia de las Partes (COP8), en la que se adoptaron una serie de principios para la revisión de la aplicación del programa de trabajo sobre áreas protegidas, instando a Partes y a Gobiernos a aumentar la protección y la gestión efectivas de los ecosistemas marinos.

 

Por otro lado, existen además numerosos acuerdos regionales, cuyo objetivo es la conservación de los mares en regiones biogeográficas específicas, y desde los que se trabaja, entre otras cosas, en la creación de redes de áreas marinas protegidas.

Entre ellos, España participa activamente, desde el año 1994, en el Convenio para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico del Nordeste (OSPAR, 1992), a partir del cual se completó una red de áreas marinas protegidas que junto con la Red Natura 2000, conforman una red ecológicamente coherente.

En la misma línea, destaca el Convenio de Barcelona, adoptado en 1996 y algunos protocolos específicos para garantizar su aplicación, entre los que se encuentra el Protocolo sobre Zonas Especialmente Protegidas y Diversidad biológica en el Mediterráneo (ZEPIM), que propugna el establecimiento de zonas protegidas destinadas a preservar y gestionar de una manera sostenible zonas de valor natural o cultural especial.

 

En el campo de la geoconservación, la primera iniciativa a considerar es la Convención sobre la protección del patrimonio cultural y natural mundial (UNESCO, 1972) en la que se destaca la necesidad de proteger la componente geológica del patrimonio natural.


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