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Gestión de la Pesca Continental en Asturias

Permisos de Pesca.

Para el ejercicio de la pesca en Asturias es necesario poseer la Licencia de Pesca, documento nominal, individual e intransferible expedido por la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. Las clases, vigencia y procedimiento para su obtención se determinan reglamentariamente.

 

Para la pesca en los cotos además de la licencia se requiere de un Permiso de Pesca, documento nominal e intransferible expedido por la Dirección General de Recursos Naturales. La posesión del permiso otorga el derecho a la práctica de la pesca en la zona que en él se indica y su tasa se determina reglamentariamente. Del mismo modo, el procedimiento de adjudicación se recoge en una reglamentación anual que garantiza el principio de igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas, mediante la adecuada publicidad de ofertas, fechas, plazos, y el oportuno sorteo público. Los permisos pueden ser de carácter general o bien turístico.

 

Desde el año 2005 la solicitud de la licencia de pesca, así como la selección y solicitud del permiso de pesca, se pueden tramitar de cualquiera de los siguientes modos:

  • Presencialmente, en los centros dependientes de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos (periféricos y Edificio Administrativo de Servicios Múltiples).
  • Por Internet, a través del portal Web del Principado de Asturias.
  • Telefónicamente, a través del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) en el teléfono 012 dentro de Asturias y en el teléfono 985 27 91 00 desde fuera de Asturias. Este servicio NO está disponible para la selección de cotos, únicamente para la solicitud de la licencia y del permiso de pesca.