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Marco Normativo de la Pesca Continental en Asturias

Normativa general reguladora de la pesca continental en Asturias.

El Gobierno del Principado de Asturias ejerce sus competencias en materia de Pesca en aguas continentales principalmente a través de la Dirección de Recursos Naturales de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos.

 

La práctica de la pesca está regulada por la Ley 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales. En este texto legal se aborda la protección de los ecosistemas acuáticos y la regulación de la pesca en aguas continentales en el marco del desarrollo sostenible. El modo en que se llevan a cabo tales actuaciones se basa, por una parte, en el desarrollo y mantenimiento de la biodiversidad de los ecosistemas acuáticos continentales y su uso sostenible y, por otro en la participación, tanto de las Administraciones como de los ciudadanos y sectores implicados.

 

Como complemento se aprueban anualmente mediante Reolución las Normas para el ejercicio de la pesca en aguas continentales del Principado de Asturias  y las Bases para la selección de cotos de pesca fluvial correspondientes a cada temporada. Dicha normativa se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias previamente a la apertura de la temporada y recoge las consideraciones específicas que han de tenerse en cuenta en la misma, como modificaciones de las normas, prohibiciones especiales o indicaciones concretas.

 

Para la garantía del cumplimiento efectivo de estas competencias, se ha creado la Guardería Rural, cuyas funciones incluyen, entre otras, vigilar y controlar los espacios protegidos, flora y fauna amenazada, aprovechamientos cinegéticos y piscícolas y colaborar en las actividades necesarias para la prevención, detección y extinción de incendios forestales.

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