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Red Regional de Espacios Naturales Protegidos de Asturias (RRENP)

Reservas Naturales

Laguna de La Peña, La Grande y La Isla en la Reserva Natural Integral de Muniellos

Esta categoría tiene como finalidad la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos que, por su rareza, fragilidad, importancia o singularidad merecen una valoración especial.

 

La Ley 5/1991,de 5 de abril, de Protección de los Espacios Naturales  clasifica las Reservas Naturales en Integrales, en las que queda prohibida la explotación de los recursos, y Parciales, en las que se permite la explotación de los mismos siempre que sea compatible con la conservación de los valores que se pretende proteger.

 

La declaración de las Reservas Naturales Integrales se efectúa por Ley, mientras que la de las Reservas Naturales Parciales se hace por Decreto.

 

Se trata de áreas naturales cuya gestión se encomienda a un Director Conservador . Además, cuando circunstancias de eficacia en la gestión , así lo justifiquen, podrá nombrarse un mismo Conservador para varias reservas. En el caso de la Reserva Natural Integral de Muniellos, la Ley 9/2002, de 22 de octubre de declaración de dicho espacio protegido especifica que para asistir a la Consejería competente en materia de gestión de espacios naturales protegidos, existirá un patronato, cuya composición predetermina, señalando que estará formado por representantes de la Administración del Principado de Asturias, los Ayuntamientos, la Universidad de Oviedo, asociaciones ecologistas domiciliadas en el Principado , así como personas de reconocida relevancia en el campo de los valores que la Reserva protege y fomenta.

 

El artículo 29 de la Ley 5/1991 dice que “En las reservas naturales se elaborarán también planes rectores de uso y gestión...(...)”. El Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, entre otras normas, modificó en apartado 2 del artículo 28 de la Ley 42/2007 en los siguientes términos. “2. Si se solapan en un mismo lugar distintas figuras de espacios protegidos, las normas reguladoras de los mismos así como los mecanismos de planificación deberán ser coordinados para unificarse en un único documento integrado, al objeto de que los diferentes regímenes aplicables en función de cada categoría conformen un todo coherente.”

 

Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones normativas, la gestión de las Reservas Naturales se realiza a través de Instrumentos de Gestión Integrados en los que se coordina la gestión de todos los espacios protegidos que coinciden territorialmente en menor o mayor grado y que se incluyen en los ámbitos definidos para aplicar los respectivos Instrumentos de Gestión Integrados aprobados.

 

En los Instrumentos de Gestión Integrados aprobados, a través de los cuales se realiza la gestión de las Reservas Naturales se especifican las distintas zonas de gestión diferencial con sus normas correspondientes, así como las normas que regulan actividades sectoriales.

 

El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias (PORNA) establece la creación de una Red Regional de Espacios Naturales Protegidos, estructurada en distintos tipos y niveles de protección, que responda a las necesidades de conservación de los recursos naturales del Principado. Entre estas categorías se encuentran las Reservas Naturales, áreas destinadas a proteger zonas de alto interés de forma estricta y que, por tanto, dadas las características del poblamiento y naturalidad del territorio asturiano, este tipo de catalogación solo puede aplicarse a zonas relativamente pequeñas. Atendiendo a estos criterios el PORNA propone la declaración de una Reserva Natural Integral y nueve Reservas Naturales Parciales. 

 

La posibilidad de declaración de Reservas Naturales Integrales resulta complicada, dado que en dichos espacios deben concurrir una serie de factores difíciles de reunir, tales como poseer unos valores naturales de alto interés, ausencia de población y de afecciones significativas. La Reserva Biológica de Muniellos (Real Decreto 3128/82, de 15 de octubre, por el que se establecen medidas de protección especiales y Decreto 21/88, de 4 de febrero, por el que se amplia el ámbito espacial de la Reserva Biológica Nacional del Bosque de Muniellos) se adaptaba plenamente a estas condiciones, por lo que ya en el PORNA se proponía su declaración como Reserva Natural Integral. Dicha catalogación se hizo efectiva por Ley del Principado de Asturias 9/2002, de 22 de octubre, de la Reserva Natural Integral de Muniellos (BOPA nº 255 de 4 de noviembre de 2002).

 

 

Reservas Naturales declaradas:

 

Reservas Naturales no declaradas:

 


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