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Red Regional de Espacios Naturales Protegidos de Asturias (RRENP)

Introducción a las Figuras de protección de ámbito autonómico

En lo relativo a las figuras de protección de espacios naturales, la ley 5/1991, de 5 de abril, de protección de los Espacios Naturales del Principado de Asturias recoge las previstas en la versión original de la Ley 4/89,de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y la Fauna, actualmente derogada por la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de la Biodiversidad y de los Espacios Naturales: Parques Nacionales, Parques Naturales, Reservas Naturales, Paisajes Protegidos y Monumentos Naturales.

 

La única novedad incorporada es la definición de dos tipos diferentes de reservas naturales: integrales y parciales, diferentes según sea posible en ellas, o no, la explotación de los recursos, siempre de forma compatible con la conservación de los valores que se pretenden proteger.

 

La gestión corresponde en todos los casos al órgano competente del Principado de Asturias, complementándose en el caso de parques naturales con las figuras de la Junta, la Comisión Rectora y el Director Conservador; y en el caso de las reservas naturales sólo con la figura del Director Conservador.

 

En esta misma línea, en función de los bienes y valores a proteger, el PORNA recoge las figuras de protección previstas en la normativa estatal y autonómica.