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Inspección ambiental

Planes y programas de inspección.

 

La Recomendación 2001/331/CE, de 4 de abril de 2001, sobre criterios mínimos de las inspecciones medioambientales en los Estados miembros, contempló por primera vez  a nivel europeo la necesidad de planificar las inspecciones antes de realizarlas. Así, se preveía el establecimiento de planes de inspección y fijaba criterios generales sobre el alcance, el contenido mínimo de los planes y la base sobre la que debían desarrollarse.

 

Por su parte, el artículo 23 de la Directiva 2010/75/UE, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales, obliga a los Estados miembrosa contar con un sistema de inspección ambiental que incluya el análisis de toda la gama de efectos medioambientales relevantes de las instalaciones.

 

La transposición de esta Directiva se recoge actualmente en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales.

 

El artículo 2 del Reglamento de emisiones industriales define el plan de inspección como el conjunto de objetivos y actuaciones definidas por las autoridades de inspección, a lo largo de un determinado periodo de tiempo, con el fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones ambientales establecidas por la legislación ambiental aplicable. Basándose en los planes de inspección, los órganos competentes elaborarán regularmente programas de inspección ambiental que incluyan la frecuencia de las visitas de inspección a los emplazamientos para los distintos tipos de instalaciones.

 

En el año 2014 se aprobó el primer Plan de Inspección Ambiental del Principado de Asturias, con vigencia hasta final del año 2017. Este Plan de Inspección incluía en su ámbito de aplicación las instalaciones industriales de mayor potencial contaminante y que operan bajo una autorización ambiental integrada.

 

Durante los años 2014 a 2017, ambos inclusive, la dirección general con competencias en materia de control ambiental fue aprobando y ejecutando los correspondientes programas anuales, para la inspección ambiental de las actividades económicas con incidencia sobre el medio, en el ámbito competencial de la comunidad autónoma.

 

Por Resolución de 13 de marzo de 2018 de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (BOPA de 28-III-2018) se aprobó el Plan de Inspección Ambiental del Principado de Asturias 2018-2020. Este Plan de Inspección se refiere a las instalaciones con autorización ambiental integrada; a otras instalaciones con autorización ambiental autonómica en materia de atmósfera, aguas o residuos; y a los traslados transfronterizos de residuos.

 

Por Resolución de 24 de febrero de 2021 de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, se aprobó el nuevo Plan de Inspección Ambiental del Principado de Asturias 2021-2024.

 

De acuerdo con la estructura orgánica de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, la Viceconsejería de Medio Ambiente y Cambio Climático ejerce la dirección y coordinación de la acción de la Consejería en materia ambiental. Adscrita a esta, la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático asume las competencias en relación a la inspección, vigilancia y el control ambiental de las actividades con incidencia sobre el medio, en particular a través de su Servicio de Control Ambiental.

 

 

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